Cómo funciona el impuesto de donaciones en la Comunidad Valenciana

Una donación es el acto de entregar o transmitir, de forma gratuita y voluntaria, un bien o derecho a otra persona sin esperar nada a cambio. No obstante, también puede considerarse una donación a la diferencia entre el precio pagado y el precio real de un bien. En este caso, la Agencia Tributaria exigiría la aplicación del impuesto de Donaciones de la Comunidad Valenciana, un tributo especial que ha experimentado cambios en los últimos años. Veamos cuándo aplica este impuesto y cómo puedes beneficiarte de la bonificación del 99%.

¿Qué es el Impuesto de Donaciones?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo gestionado por las comunidades autónomas que grava la transmisión gratuita de bienes y derechos entre personas. En el caso de las donaciones (es decir, transmisiones inter vivos), el impuesto debe ser abonado por la persona que recibe el bien o derecho donado.

El importe a pagar por este impuesto varía en función de varios factores como:

  • El valor del bien donado.
  • El grado de parentesco entre el donante y el donatario o receptor.
  • El patrimonio previo del receptor.
  • La comunidad autónoma en la que reside el donatario, ya que las autonomías pueden aplicar reducciones, bonificaciones y diferentes tipos.

Reforma en la Comunidad Valenciana y bonificación del 99%

En mayo de 2023, el gobierno de la Generalitat Valenciana aprobó una reforma de los impuestos de donaciones y sucesiones mediante la Ley 6/2023, que entró en vigor el 28 de ese mes. Esta reforma establece una bonificación del 99% en la cuota del impuesto de donaciones para los Grupos I y II de parentesco, es decir:

  • Descendientes (hijos y nietos).
  • Ascendientes (padres y abuelos).
  • Cónyuges.

También se incluyen en la bonificación las personas con una discapacidad física o sensorial del 65 % o más, y con discapacidad psíquica del 33 % o más.

A partir de la reforma sobre las donaciones de la Comunidad Valenciana, un hijo que reciba una donación valorada en 100.000 euros podrá beneficiarse de la bonificación y reducir a cero el pago del impuesto. En este caso, tan solo tendrá que pagar el 1% de la cuota restante.

Además, según la Agencia Tributaria de Valencia, a la bonificación se suma la eliminación de ciertos requisitos que antes limitaban las reducciones por parentesco, como el máximo del patrimonio preexistente del donatario o receptor, antes fijado en 600.000 euros.

¿Cómo tributan las donaciones en la Comunidad Valenciana?

Como hemos visto, la tributación de las donaciones en la Comunidad Valenciana depende de varios factores: el tipo de bien que se dona, la residencia del donante y donatario y la relación de parentesco.

Tipo de bien donado

Es uno de los factores más importantes para la tributación de las donaciones. En el caso de los inmuebles, estos tributarán por el lugar donde se encuentren, independientemente de la residencia del donatario. Por tanto, si una persona no residente en España recibe un bien situado en otro país, el bien no tributa por el impuesto de sucesiones y donaciones español.

Residencia del donatario

Otro elemento clave para determinar cómo tributan las donaciones es la residencia del donatario. Si el receptor es residente, se aplicará la normativa autonómica de la Comunidad Valenciana. Eso sí, para que el donatario sea considerado residente, este debe haber vivido la mayor parte del tiempo en la Comunidad Valenciana durante los últimos cinco años.

  • Donatario que reside en la Comunidad Valenciana: la comunidad autónoma tendrá derecho a la exención de los impuestos de donaciones, a excepción de los inmuebles que se ubiquen en otro territorio.
  • Donatario que reside fuera de España: en donaciones internacionales, si el donatario reside en el extranjero, se aplicará la tributación real, es decir, la tributación quedará limitada a los bienes y derechos que puedan ejercerse en territorio español y a los inmuebles que radiquen en España.

En definitiva, los detalles que debemos tener en cuenta para las donaciones en la Comunidad Valenciana son la residencia del donatario (no la residencia del donante) y el tipo de bienes recibidos en la donación. No obstante, si tienes dudas sobre la bonificación del 99% o prefieres dejar estos trámites en manos expertas, contacta con nosotras.donaciones-comunidad-valenciana