por Abogadas Asociadas | Ene 2, 2026 | Sin categoría
La jubilación no depende solo de cumplir una edad o de haber trabajado muchos años. En la práctica, hay errores en la jubilación que pasan desapercibidos durante décadas y que, cuando llega el momento de retirarse, pueden obligarte a retrasar la fecha prevista o a cobrar menos de lo esperado.
La mayoría no tienen que ver con decisiones drásticas, sino con cuestiones legales y administrativas mal revisadas o directamente ignoradas. Estos son los fallos más habituales y por qué conviene tenerlos controlados con antelación.
1. Dar por correcta la vida laboral sin comprobarla
Uno de los errores más comunes es asumir que la vida laboral está bien registrada. No siempre ocurre. Periodos que no constan, cotizaciones incompletas o contratos con jornadas inferiores a las reales son incidencias frecuentes.
El problema es que suelen detectarse al solicitar la jubilación, cuando cualquier corrección implica reclamaciones, documentación y meses de espera. Revisarla de forma periódica —al menos una vez al año— evita retrasos innecesarios.
2. No entender cómo computan los trabajos a tiempo parcial
Trabajar a tiempo parcial no impide jubilarse, pero sí exige conocer bien cómo se cuentan esas cotizaciones. Aún hoy muchas personas creen que cumplen los requisitos mínimos cuando, en realidad, no alcanzan el periodo exigido para jubilarse a la edad ordinaria.
Este error puede obligar a prolongar la vida laboral o a aceptar una pensión inferior a la prevista, simplemente por no haber hecho los cálculos correctos con antelación.
3. Ignorar el impacto de situaciones especiales
Excedencias, bajas largas, cuidado de hijos o familiares, trabajos en el extranjero o prácticas antiguas influyen en el acceso a la jubilación. El problema aparece cuando estos periodos no se acreditan o no se solicitan correctamente.
En algunos casos pueden computar como cotizados, pero solo si se tramitan de forma expresa. Si no se hace, esos años se pierden a efectos de jubilación.
4. Confiar ciegamente en los convenios especiales
El convenio especial con la Seguridad Social puede ser útil para mantener cotizaciones, pero no siempre está bien planteado. Cotizar por bases demasiado bajas puede afectar tanto a la cuantía de la pensión como a la edad a la que se accede a la jubilación.
Es un error frecuente pensar que cualquier convenio protege automáticamente la jubilación futura. Sin un análisis previo, puede ocurrir justo lo contrario.
5. Planificar mal la jubilación anticipada
La jubilación anticipada no es automática ni flexible. Exige cumplir requisitos muy concretos y asumir coeficientes reductores que pueden ser relevantes.
Confiar en que bastan muchos años cotizados, sin revisar edad exacta, tipo de cese o cotizaciones efectivas, lleva a solicitudes denegadas y a retrasos no previstos.
6. Revisar todo cuando ya no hay margen
Dejar la revisión para los meses previos a la jubilación es uno de los errores en la jubilación más costosos. Cualquier ajuste administrativo puede alargarse más de lo esperado.
Anticiparse dos o tres años permite corregir errores con calma y tomar decisiones informadas.
7. Prescindir de asesoramiento especializado
La normativa de jubilación cambia y no siempre es intuitiva. Basarse en estimaciones genéricas o en experiencias ajenas suele llevar a conclusiones erróneas.
Como has visto, la jubilación se puede retrasar por pequeños errores legales y administrativos. Detectarlos a tiempo es la mejor forma de proteger tu futuro.
Contar con asesoramiento especializado te ayuda a evitar errores legales, optimizar tu situación y asegurarte de que accedes a la jubilación en el momento previsto y con la mejor pensión posible.
Somos Inma y Cristina, abogadas con más de 25 años de experiencia trabajando juntas en Abogadas Asociadas, un despacho cercano y comprometido con las personas. Inma está especializada en derecho civil, familia y sucesiones, y trabaja tanto en el ámbito judicial como en mediación para la resolución de conflictos. Cristina se centra en el área empresarial, financiera y tributaria, asesorando a particulares y empresas en herencias, planificación patrimonial y gestión fiscal. Juntas formamos un equipo complementario que ofrece un asesoramiento jurídico sólido, práctico y personalizado.
por Abogadas Asociadas | Dic 19, 2025 | Sin categoría
Hablar de jubilación ya no significa, necesariamente, dejar de trabajar de un día para otro. El sistema español ofrece fórmulas intermedias para quienes quieren reducir su actividad profesional o seguir trabajando una vez alcanzada la edad de jubilación. Las dos más conocidas son la jubilación parcial y la jubilación activa. Aunque a veces se confunden, son figuras muy distintas, con requisitos y efectos legales diferentes.
Entender bien estas diferencias es clave para elegir la opción más adecuada según tu edad, tu situación laboral y tus planes de futuro.
Qué es la jubilación parcial
La jubilación parcial permite compatibilizar una parte del trabajo con el cobro de una parte de la pensión antes de la jubilación completa. Es decir, el trabajador reduce su jornada y su salario, y la Seguridad Social compensa esa reducción pagando una parte proporcional de la pensión.
Esta modalidad está pensada para una transición gradual hacia la jubilación definitiva.
Requisitos principales
Los requisitos varían según si la jubilación parcial va acompañada o no de un contrato de relevo, pero de forma general:
- Se accede antes de la edad legal de jubilación.
- Es necesario tener un contrato a tiempo completo previo.
- Se exige un período mínimo de cotización.
- La reducción de jornada suele situarse entre un 25 % y un 50 %, aunque puede llegar al 75 % en ciertos casos con contrato de relevo.
El contrato de relevo implica que la empresa contrata a otra persona para cubrir la parte de jornada que deja libre el trabajador que se jubila parcialmente.
Qué se cobra
Durante la jubilación parcial se cobra:
- El salario correspondiente a la jornada trabajada.
- Una parte de la pensión proporcional a la jornada reducida.
No se cobra la pensión completa, ya que aún no se ha producido la jubilación definitiva.
Qué es la jubilación activa
La jubilación activa funciona justo al revés en cuanto al momento de acceso: se produce después de alcanzar la edad legal de jubilación y una vez que ya se tiene derecho al 100 % de la pensión. Permite seguir trabajando —por cuenta ajena o propia— mientras se cobra parte de la pensión.
Requisitos principales
Para acceder a la jubilación activa es necesario:
- Haber alcanzado la edad legal ordinaria de jubilación.
- Haber cotizado lo suficiente para cobrar el 100 % de la base reguladora.
- Iniciar o mantener una actividad laboral compatible con la pensión.
No todos los jubilados pueden acceder automáticamente: cumplir el requisito del 100 % de la pensión es clave.
Qué se cobra
Con carácter general:
- Se cobra el 50 % de la pensión mientras se trabaja.
- Si se trata de un trabajador autónomo con al menos un empleado, se puede cobrar hasta el 100 % de la pensión.
El salario o los ingresos por la actividad profesional se perciben de forma independiente.
Diferencias legales clave entre jubilación parcial y activa
Aunque ambas permiten trabajar y cobrar pensión, sus diferencias legales son importantes:
1. Momento de acceso
- Jubilación parcial: antes de la edad legal de jubilación.
- Jubilación activa: después de alcanzar la edad legal y el 100 % de la pensión.
2. Tipo de pensión
- Parcial: se cobra una parte de la pensión.
- Activa: se cobra normalmente el 50 % de la pensión (o el 100 % en casos concretos).
3. Relación laboral
- Parcial: siempre existe una reducción de jornada.
- Activa: se puede trabajar a tiempo completo o parcial.
4. Finalidad
- Parcial: transición progresiva hacia la jubilación total.
- Activa: prolongar la vida laboral una vez jubilado.
5. Contrato de relevo
- Parcial: puede ser obligatorio en algunos supuestos.
- Activa: no existe esta figura.
Ventajas y desventajas de cada opción
La jubilación parcial es interesante para quienes quieren reducir el ritmo sin dejar del todo el trabajo, especialmente en empresas grandes donde el contrato de relevo está bien organizado. Como desventaja, el importe de la pensión es limitado y depende mucho de las condiciones laborales.
La jubilación activa, en cambio, es útil para profesionales que desean seguir activos, mantener ingresos y aportar experiencia, especialmente autónomos. El principal inconveniente es que, salvo excepciones, solo se cobra la mitad de la pensión mientras se trabaja.
¿Cuál conviene más?
No hay una respuesta única. La jubilación parcial suele encajar mejor en trabajadores por cuenta ajena que aún no han llegado a la edad legal y quieren una salida progresiva. La jubilación activa resulta más atractiva para quienes ya se han jubilado legalmente, gozan de buena salud y desean seguir trabajando sin renunciar del todo a su pensión.
En cualquier caso, se trata de decisiones con impacto económico y legal a largo plazo. Aunque las reglas explicadas aquí siguen vigentes en 2026, con los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 2/2023, la edad legal de jubilación y algunos requisitos de cotización cambiarán a partir del 01 de enero, así que conviene comprobar la normativa actual antes de tomar una decisión.
Si tienes dudas, ¡escríbenos!
Somos Inma y Cristina, abogadas con más de 25 años de experiencia trabajando juntas en Abogadas Asociadas, un despacho cercano y comprometido con las personas. Inma está especializada en derecho civil, familia y sucesiones, y trabaja tanto en el ámbito judicial como en mediación para la resolución de conflictos. Cristina se centra en el área empresarial, financiera y tributaria, asesorando a particulares y empresas en herencias, planificación patrimonial y gestión fiscal. Juntas formamos un equipo complementario que ofrece un asesoramiento jurídico sólido, práctico y personalizado.
por Abogadas Asociadas | Dic 2, 2025 | Sin categoría
La mayor parte de nuestra vida se desarrolla hoy en entornos digitales: almacenamos fotos en la nube, gestionamos cuentas desde el móvil y mantenemos perfiles activos en varias redes sociales. Todo este rastro digital tiene un valor personal y, en algunos casos, también económico. Sin embargo, cuando una persona fallece, su familia suele encontrarse con un problema: ¿quién puede acceder a esas cuentas?, ¿durante cuánto tiempo?, ¿qué debe hacerse con los archivos o perfiles?
Para evitar dudas y conflictos, cada vez más personas recurren al testamento digital, un documento que ordena y protege los bienes y cuentas digitales tras el fallecimiento. En este artículo explicamos en qué consiste, cómo se integra en el testamento notarial y qué recomendaciones jurídicas conviene seguir para que la voluntad de la persona pueda cumplirse como deseado.
¿Qué es exactamente un testamento digital?
El testamento digital no es un testamento independiente ni sustituye al testamento tradicional. Es importante recordar que en España, la única forma válida de disponer de los bienes tras el fallecimiento es mediante un testamento otorgado ante notario.
Dicho esto, el testamento digital se concibe como un conjunto de instrucciones específicas sobre los activos digitales y se incorpora dentro del testamento notarial, bien como cláusulas, bien como un documento complementario custodiado por el notario.
Cuando hablamos de testamento digital, nos referimos a dejar instrucciones sobre:
- Cuentas de correo electrónico.
- Perfiles en redes sociales.
- Archivos en la nube (fotos, vídeos, documentos).
- Plataformas de suscripción y servicios digitales.
- Accesos a dispositivos.
- Dominios, webs o blogs personales.
- Monederos digitales, criptomonedas y otros activos virtuales.
No es lo mismo un testamento digital que un testamento online
Es importante aclararlo porque suele generar confusión.
Un testamento digital es el conjunto de instrucciones sobre el legado online de una persona y debe integrarse en un testamento notarial. En cambio, un testamento online es simplemente un borrador o una plantilla elaborada a través de una plataforma digital. Por sí solo no tiene validez jurídica hasta que no se firma y autoriza ante notario.
Por lo tanto, ambos conceptos son distintos: el testamento digital se centra en el contenido (la gestión del legado digital), mientras que el testamento online se refiere a un formato de preparación, nunca a un testamento final.
¿Por qué conviene organizar tu herencia digital?
Desde nuestra experiencia como despacho especializado en herencias, observamos cuatro motivos principales:
1. Evitar bloqueos y largas gestiones. Las plataformas digitales exigen acreditación jurídica y trámites específicos para permitir el acceso o cierre de una cuenta. Sin instrucciones previas, los familiares se enfrentan a procedimientos lentos y fragmentados.
2. Proteger la privacidad. El testamento digital permite decidir quién accede a qué. No todos los contenidos privados deben ser accesibles para todos los herederos.
3. Preservar recuerdos y evitar pérdidas. Sin claves ni instrucciones, muchas fotos, conversaciones o documentos pueden perderse definitivamente.
4. Gestionar activos digitales valiosos. Criptomonedas, webs monetizadas o dominios tienen un valor económico real que debe transmitirse adecuadamente.
Cómo preparar tu legado digital paso a paso
Veamos los pasos a seguir:
1. Inventario digital
Lista de plataformas, archivos y activos digitales. Las contraseñas no deben constar en el testamento, sino en un sistema seguro cuya ubicación pueda indicarse.
2. Designación de un “albacea digital”
Será la persona encargada de ejecutar las instrucciones: cerrar cuentas, conservar archivos o solicitar la conversión a cuenta conmemorativa.
3. Instrucciones claras
Especificar qué debe cerrarse, qué debe conservarse, qué archivos entregar a la familia y cómo gestionar los activos digitales con valor económico.
¿Qué ocurre si no se hace un testamento digital?
Sin instrucciones previas, es habitual que las familias enfrenten:
- Cuentas inaccesibles.
- Pérdida de documentos y fotos.
- Suscripciones activas que continúan generando cargos.
- Activos digitales que se pierden por falta de acceso.
- Conflictos entre herederos.
Además, las políticas de cada plataforma son distintas, lo que complica los trámites y aumenta los tiempos de espera.
En conclusión, el testamento digital une cuestiones legales, de privacidad y de gestión técnica. Por eso, conviene integrarlo siempre en el testamento notarial y diseñarlo con el acompañamiento de profesionales especialistas en herencias. Un documento claro y bien estructurado aporta seguridad y simplifica enormemente el trabajo de los herederos.
Si estás pensando en organizar tu legado digital o necesitas asesoramiento, nuestro despacho puede ayudarte a preparar un testamento que refleje fielmente tu voluntad y proteja tu patrimonio, tanto físico como digital.
Somos Inma y Cristina, abogadas con más de 25 años de experiencia trabajando juntas en Abogadas Asociadas, un despacho cercano y comprometido con las personas. Inma está especializada en derecho civil, familia y sucesiones, y trabaja tanto en el ámbito judicial como en mediación para la resolución de conflictos. Cristina se centra en el área empresarial, financiera y tributaria, asesorando a particulares y empresas en herencias, planificación patrimonial y gestión fiscal. Juntas formamos un equipo complementario que ofrece un asesoramiento jurídico sólido, práctico y personalizado.
por Abogadas Asociadas | Nov 19, 2025 | Sin categoría
Cuando muere un ser querido, lo último que uno desea es acabar discutiendo con el resto de la familia. Pero la realidad es que las herencias generan más tensiones de las que pensamos: dudas sobre si el reparto es justo, recuerdos que cada uno interpreta de forma distinta, bienes difíciles de dividir o simplemente falta de comunicación. En este contexto, la mediación en herencias se está convirtiendo en una alternativa cada vez más habitual para evitar juicios largos, costosos y emocionalmente agotadores.
¿Qué es exactamente la mediación en herencias?
Es el proceso en el que una persona neutral y especializada – el mediador – ayuda a los herederos a sentarse, hablar y buscar un acuerdo que funcione para todos.
Nadie impone nada: no es como ir a juicio. En mediación, las decisiones las construyen entre todos, lo que hace mucho más fácil que el acuerdo sea justo y que cada uno se sienta escuchado.
Beneficios reales de la mediación en herencias
1. Ahorra dinero… y nervios
Un juicio por herencia puede durar años y requerir abogados, peritos y un sinfín de trámites. La mediación suele resolverse en pocas sesiones y el coste es mucho menor.
Y, lo más importante, reduce el desgaste emocional.
2. Permite soluciones más flexibles
En un juzgado, las opciones son más rígidas.
En mediación se pueden plantear muchas alternativas: que uno se quede la casa y compense al resto, alquilar el inmueble entre todos, venderlo cuando convenga, repartir objetos personales según el valor sentimental…
Es un espacio para ajustar el reparto a la realidad de cada familia.
3. Mejora la comunicación
Muchas discusiones sobre herencias no van solo de dinero: arrastran emociones, expectativas o malentendidos de años.
Con un mediador, cada parte puede expresar lo que necesita sin convertir la conversación en una pelea.
4. Evita la ruptura entre herederos
Un juicio suele dejar heridas que tardan en cerrarse, si es que lo hacen. La mediación, en cambio, ayuda a rebajar la tensión y a preservar la relación entre hermanos o familiares.
Situaciones típicas donde la mediación ayuda muchísimo
1. Cuando hay una vivienda indivisa entre varios hermanos: uno quiere vender ya, otro quiere quedársela, otro prefiere alquilar… Es el caso más común. La mediación permite explorar varias opciones y ver cuál encaja mejor con la situación económica y personal de cada heredero.
2. Tras la muerte de la madre o del padre: aquí suelen aparecer comparaciones: quién cuidó más, quién recibió más ayuda, quién tiene más necesidades, qué hacer con los objetos con valor sentimental. El mediador ayuda a hablar de todo esto sin que se convierta en un reproche constante.
3. Cuando la herencia incluye un negocio familiar: a veces la discusión no es solo por el reparto, sino por cómo continuar con la empresa o quién debe dirigirla. La mediación permite ordenar roles, responsabilidades y expectativas.
4. Testamentos difíciles de interpretar: no siempre queda claro qué quiso decir el testador. En lugar de ir directamente a juicio, la mediación permite buscar una lectura que todos puedan aceptar.
Pasos para implementar la mediación en herencias
1. Proponer formalmente la mediación
Cualquiera de los herederos puede plantearlo. No es un compromiso: es una invitación a explorar soluciones.
2. Elegir un mediador especializado en derecho de sucesiones
No basta con un mediador generalista. Las herencias incluyen aspectos civiles, fiscales y patrimoniales.
Es recomendable elegir un profesional con experiencia en conflictos entre herederos.
3. Primera sesión informativa
El mediador explica el proceso, la confidencialidad, los tiempos y la voluntariedad. Si todos aceptan, se firma el acta de inicio.
4. Sesiones de mediación
Pueden ser individuales o conjuntas.
Se expone la situación, se identifican los intereses reales de cada parte y se busca un terreno común.
5. Redacción del acuerdo
Si se alcanza un pacto, el mediador redacta un documento que puede elevarse a escritura pública ante notario para darle plena validez jurídica.
Como ves, la mediación en herencias es una herramienta práctica y humana para resolver disputas familiares por herencia sin pasar por un juicio. Ayuda a ahorrar tiempo y dinero, facilita acuerdos más flexibles y, sobre todo, protege algo que vale más que cualquier bien: la relación entre los miembros de la familia.
Somos Inma y Cristina, abogadas con más de 25 años de experiencia trabajando juntas en Abogadas Asociadas, un despacho cercano y comprometido con las personas. Inma está especializada en derecho civil, familia y sucesiones, y trabaja tanto en el ámbito judicial como en mediación para la resolución de conflictos. Cristina se centra en el área empresarial, financiera y tributaria, asesorando a particulares y empresas en herencias, planificación patrimonial y gestión fiscal. Juntas formamos un equipo complementario que ofrece un asesoramiento jurídico sólido, práctico y personalizado.
por Abogadas Asociadas | Nov 4, 2025 | Sin categoría
¿Sabías que se puede anular un testamento? Si bien no suele ser un procedimiento habitual, en ocasiones, hay que impugnar o anular este documento oficial por algún tipo de motivo: como defectos en su forma, vicios de consentimiento o vulneración de derechos. Hoy vamos a ver con mayor profundidad todo esto y cómo desde Abogadas Asociadas te podemos ayudar en el caso de que haya que anular un testamento.
¿Qué significa anular un testamento?
Anular un testamento supone declarar que este no es válido, por lo que no se toma en cuenta y se considera que nunca ha existido. Pero, la anulación puede ser de dos tipos:
- Anulación total. Esta ocurre cuando todo el testamento se considera inválido y, por lo tanto, no hay ninguna parte de él que se pueda salvar.
- Anulación parcial. En este caso solo se invalidan algunas cláusulas, dejando a las demás totalmente válidas y sin problemas para su cumplimiento.
Razones por las que anular un testamento
Existen diferentes razones por las que anular un testamento, algunas de las cuales son:
- Defectos en su forma. Esto quiere decir que no cumple con los requisitos legales exigidos, tales como la falta de testigos, carecer de la firma de un testador válido, que no haya firma, que el formato no sea el adecuado, etc.
- Defectos de fondo. Esto quiere decir que hay engaño o manipulación en su escritura, que el testador haya sido coaccionado o intimidado, o que haya un testamento posterior válido que anule al anterior.
- Fraude o engaño. Cuando hay falsificación de firmas o engaño sobre el contenido del testamento (dado que se proporciona información falsa), entonces se puede anular un testamento.
Procedimiento y consecuencias
Para poder anular un testamento, lo primero que hay que hacer es emitir una demanda judicial de nulidad. ¿Esto quién lo puede hacer? Pues los herederos o aquellos que estén involucrados en dicho testamento. Pero esto no será suficiente. Hay que llevar a cabo una serie de pasos como reunir pruebas. Desde Abogadas Asociadas te podemos orientar en este primer paso para que todas estas pruebas tengan validez posteriormente.
¿Qué hacer con las pruebas? Pues, una vez recopiladas, lo siguiente es interponen la demanda que debe estar firmada por un abogado y un procurador. Esto dará paso a la tramitación de un juicio cuya sentencia podrá ser desde la nulidad del testamento hasta su validez si las pruebas para anularlo no son contundentes. Las consecuencias de anular un testamento pueden ser validar uno anterior, si lo hubiera, y dejar sin efecto el testamento impugnado y, por tanto, repartir la herencia como si este no existiera.
¿Se puede evitar la anulación de un testamento?
Para evitar la anulación de un testamento por parte de la persona que lo quiere redactar, existen una serie de recomendaciones que hay que tener siempre presentes. Una de ellas es que el testamento se redacte siempre ante notario, respetar la parte de la herencia que le corresponde a los herederos legítimos, mantener actualizada la información médica que asegure que la personas que está haciendo su testamento no tiene su capacidad mental mermada y actualizar este documento cuando las circunstancias familiares o patrimoniales sufran algún tipo de cambio que deba conocerse.
Anular un testamento no es fácil y requiere de un proceso tedioso y complicado. En Abogadas Asociadas te podemos ayudar con relación a este trámite, brindándote un asesoramiento de principio a fin para que puedas sentirte más tranquilo.
Somos Inma y Cristina, abogadas con más de 25 años de experiencia trabajando juntas en Abogadas Asociadas, un despacho cercano y comprometido con las personas. Inma está especializada en derecho civil, familia y sucesiones, y trabaja tanto en el ámbito judicial como en mediación para la resolución de conflictos. Cristina se centra en el área empresarial, financiera y tributaria, asesorando a particulares y empresas en herencias, planificación patrimonial y gestión fiscal. Juntas formamos un equipo complementario que ofrece un asesoramiento jurídico sólido, práctico y personalizado.
por Abogadas Asociadas | Oct 9, 2025 | Sin categoría
La nuda propiedad es un concepto que, a veces, genera muchas dudas. ¿A qué nos estamos refiriendo con él en Abogadas Asociadas? Si eres el propietario de un bien, debes conocer este término que hoy te explicaremos. Así, veremos qué es la nuda propiedad, cuáles son sus ventajas, los riesgos que no debes perder de vista y cómo te podemos ayudar desde Abogadas Asociadas. Porque sí, ¡podemos echarte una mano!
¿Qué entendemos por nuda propiedad?
La nuda propiedad es el derecho que tiene una persona (propietario) sobre un bien. Por ejemplo, puede ser propietaria de una vivienda. Sin embargo, ¿por qué en este caso hablamos de nuda propiedad? Porque, a pesar de ser la propietaria no puede utilizar ese bien inmueble para su disfrute dado que el usufructo (derecho de uso o disfrute) es de otra persona. Esto suele ser común en las herencias. Si uno de los miembros de una pareja queda viudo, a pesar de que serán los hijos los que heredarán, el cónyuge viudo podrá disfrutar de la casa, por ejemplo, no pudiendo venderla en ningún caso.
¿Cuáles son sus ventajas al comprar una vivienda en nuda propiedad?
Si bien el usufructuario de la vivienda en nuda propiedad no la puede vender, sí que esto lo puede hacer el propietario. Ahora bien, ¿cuáles pueden ser las ventajas de comprar un bien inmueble bajo estas condiciones? Pues, a continuación, exponemos algunas de ellas:
- Precio más bajo. Está claro que una vivienda de la que una persona está disfrutando no se puede vender a un precio habitual, sino que este será algo más reducido. Por lo tanto, esta es una ventaja para aquellos compradores que deseen invertir en un bien inmueble a medio y a largo plazo.
- Exención de gastos e impuestos. Adquirir una casa o piso en nuda propiedad tiene otra serie de ventajas como no pagar suministros ni reparaciones, tampoco el impuesto de bienes inmuebles. Por lo tanto, hay menos preocupaciones con respecto a esto y la tranquilidad de invertir en vivienda por mucho menos.
- Posibilidad de vender. Esto siempre es algo plausible en el caso de que el comprador de dicha vivienda necesite liquidez en un momento dado. La vivienda se venderá, de nuevo, con un usufructuario y las condiciones para el comprador serán, de nuevo, las mismas. No podrá disfrutar de la vivienda.
Los riesgos que hay que valorar
Si bien hay ventajas interesantes en el momento de valorar comprar una vivienda en nuda propiedad, existen riesgos que no podemos dejar a un lado. Estos son:
- Sí hay gastos que asumir. Como el pago de la comunidad de vecinos, la propia compraventa, las derramas que aparezcan, etc. Todo esto hay que tenerlo en cuenta. Además, cuando el usufructuario ya no disfrute de la vivienda por fallecimiento, habrá que pagar por registrar el inmueble y otros impuestos.
- La propiedad se puede alquilar. Otro riesgo es que si bien el usufructuario no puede vender la vivienda, sí puede alquilarla. Esto puede provocar que si los inquilinos no son los adecuados no solo puedan destrozar la casa o el piso, sino también ocuparlo generando un problema para el propietario.
- Incertidumbre. Algo con lo que el propietario deberá lidiar, dado que no sabrá cuándo podrá disfrutar de la vivienda. En el caso de que algún día le haga falta, si todavía disfruta de ella el usufructo, deberá buscarse otra alternativa, con el gasto extra que esto puede suponer.
¿Cómo te ayudamos en Abogadas Asociadas?
En Abogadas Asociadas queremos ayudarte en todo lo relacionado con la nuda propiedad, velando por tus intereses, estableciendo cláusulas claras en el contrato y planificando todos esos gastos que vas a tener y que debes conocer. Si quieres invertir en bienes inmuebles y tienes alguna duda sobre este u otros conceptos, así como problemas si ya eres propietario de una nuda propiedad, no esperes para pedirnos ayuda. ¡Contáctanos ya!
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